Interpretacióncambio de uso de locales a vivienda. EDICTO. El Sr. Concejal Delegado de Economía, Urbanismo, Obras Públicas y Empresas Participadas, con fecha 15 de abril de 2021 ha dictado Decreto cuyo texto literal dice: “Considerando el informe propuesta de la Coordinación General de fecha 13/04/2021, en el cual se indica:

Unasegunda oportunidad: convertir locales en viviendas. Desde que la modificación 176 entró en vigor, para facilitar convertir locales en vivienda, son ya muchos los espacios Hola tengo un local de unos 400metros cuadrados en dos platas (bajo/sótano), ahora mismo es un local de restauración con 2 baños, estabamos barajando la posibilidad de convertir el local en trasteros ya que está en el centro de una ciudad de unos 50.000 habitantes, en la que tenemos constancia de que la gente alquila garajes cerrados a
Aprobacióndefinitiva: 03.02.2017. Decreto de la Alcaldía de 9 de septiembre de 2016, por el que se modifica la Organización y Estructura de la Administración del Ayuntamiento de Zaragoza y la adscripción de los Organismos públicos
Hacetres años el Ayuntamiento de Zaragoza impulsó una modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) que buscaba facilitar la conversión de
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No el proyecto de cambio de uso de local a vivienda no siempre es viable.Para poder hacerlo es esencial que la normativa municipal permita hacerlo y que la vivienda resultante sea acorde a los criterios del Código Técnico de la Edificación (CTE).Esto quiere decir que debe cumplir una serie de requisitos en cuanto a dimensiones, iluminación,
Noexisten normativas en elaboración. Información pública. de la Ley 7/85, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL), atribuye a los Ayuntamientos potestad reglamentaria, es decir, capacidad para desarrollar, dentro de la esfera de sus competencias, Zaragoza - España | Tel: 976 721 100, 010 o 976 721 234
Paraconvertir un local en vivienda es necesario un proyecto visado redactado por un arquitecto; el local, una vez hechas las obras oportunas, deberá cumplir con las exigencias del PGOU de Jerez , que son las mínimas exigibles a cualquier vivienda protegida, y el CTE. Si las obras son importantes el ayuntamiento exigirá también que el

No existiendo prohibición en el Título, es válido el cambio de local a vivienda, y la realización de obras derivadas de este cambio. TS, Sala Primera, de lo Civil, 1-10-2013 • Procede el cambio de local a vivienda en el que no se ha alterado la estructura. Sin perjuicio de la normativa administrativa

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